Las medidas anunciadas por el presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, para las próximas semanas y que entran en vigor, el primer paquete, en el día de hoy han sido publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). El cambio con respecto a lo anunciado por el presidente se ciñe a la inclusión del término de allegado que la Junta había desechado por su «ambigüedad». Finalmente, en los desplazamientos autorizados desde el día 23 de diciembre hasta el 6 de enero de 2021 se contempla aquellos que sean a territorios para viajar al lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas para hacer efectiva la reagrupación familiar en los días señalados. 

El resto de días la entrada y salida de la Comunidad Autónoma estará restringida salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados. Además, como se anunció, se establecen dos fases temporales de limitación de la entrada y salida para ámbitos territoriales de carácter geográficamente inferior. Así, desde hoy 12 de diciembre y hasta el próximo 17 de diciembre estará permitida la movilidad entre municipios de una misma provincia, ampliándose la movilidad a partir del 18 de diciembre ya que estarán permitidos los desplazamientos entre las ocho provincias andaluzas. 

La limitación de la libertad nocturna también viene regulada en diferentes etapas quedando de la siguiente manera, del 12 al 17 de diciembre (ambos días incluidos) no se podrá circular entre las 22:00 y las 07:00 horas; del 18 de diciembre al 10 de enero esas limitaciones serán desde las 23:00 a las 06:00 horas y, por último, en Nochebuena y Nochevieja esa franja horaria se limitará desde las 01:30 hasta las 06:00 horas. Toda esta normativa contempla las mismas exenciones que en órdenes anteriores estando permitidos los desplazamientos por causa mayor. 

En lo que respecta a la limitación de reunión tanto en lugares públicos como privados, la permanencia de grupos de personas estará condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas, salvo que se trata de convivientes. Una situación que podrá variar los días 24, 25 y 31 de diciembre y el 1 y 6 de enero que se aumentará a diez personas. Aquí aparece otro de los puntos importantes porque en la comparecencia de Juanma Moreno se quedaba fuera el día 6 de enero incluyéndose en la publicación de la orden en el BOJA. 

Horarios comercio y hostelería

Como ya es sabido habrá dos fases y del 12 al 17 de diciembre los establecimientos podrán permanecer abiertos hasta las 21:00 horas, mientras que los establecimientos de restauración y hostelería sólo permanecerán abiertos hasta las 18:00 horas. Posteriormente, a partir del 18 de diciembre los establecimientos podrán permanecer hasta media hora antes de la limitación horaria, mientras que en la hostelería entrará en vigor la partición de horarios. La apertura será hasta las 18:00 horas y desde las 20:00 horas hasta las 22.30 horas. No obstante, en Nochebuena y Nochevieja la apertura de dichos establecimientos estará permitida hasta media hora antes de la limitación horaria. 

El BOJA también especifica que durante el periodo comprendido entre los días 12 y 17 de diciembre los servicios de restauración podrán realizar servicios de entrega a domicilio hasta las 23:30 horas, estableciéndose como hora límite para realizar pedidos las 22:30 horas. Del mismo modo, podrán suministrar servicio de recogida de comida para llevar hasta las 21:30 horas. A partir del 18 de diciembre, los servicios de restauración podrán realizar servicios de entrega a domicilio hasta las 23:30 horas, estableciéndose como hora límite para realizar pedidos las 22:30 horas. Además, podrán suministrar servicio de recogida de comida para llevar hasta media hora antes de la limitación horaria establecida. 

Recomendaciones

El BOJA también establece una serie de recomendaciones que pasan por evitar la celebración de eventos presenciales con elevada afluencia de público, así como que las celebraciones que se vayan a realizar sean en lugares donde se pueda controlar el acceso o recurrir a las acciones estáticas o telemáticas.