Era lo esperado porque el Área Sanitaria Norte se encontraba por debajo de los 50 casos por cada cien mil habitantes, pero había que esperar a la resolución del comité territorial de Salud Pública de Alto Impacto. Una vez vista esa determinación, el proceso de desescalada y la entrada a la «nueva normalidad» se materializa en el distrito sanitario, es decir, en la comarca de Los Pedroches y el Guadiato con el paso a Nivel 0. Una «nueva normalidad» que tendrá todavía cuestiones que recuerden a la pandemia, ya que el uso de mascarillas en interiores y en lugares donde no se pueda mantener la distancia de seguridad seguirá siendo obligatorio

Por el contrario, se dice adiós a la limitación de horarios en comercios, hostelería y actividades de todo tipo, así como a las reducciones de aforo. Un año y medio ha sido necesario para conseguir esa desescalada ya que desde que comenzó la pandemia del Covid-19 es la primera vez que se dice adiós a estas restricciones, que han ido variando en función de la incidencia acumulada en los diferentes distritos sanitarios. Las nuevas medidas o la desaparición de muchas de ellas fueron anunciadas por el presidente de la Junta, Juanma Moreno, el pasado martes y entrarán en vigor a partir del viernes 1 de octubre. 

No obstante, esas nuevas determinaciones ya vienen recogidas en el Boletín Oficial de Junta de Andalucía (BOJA) donde se especifica que «el nivel 0, que se suma a los 4 niveles ya existentes en los que se puede encontrar un distrito sanitario o un municipio tras la evaluación del riesgo, es un paso importante hacia la nueva normalidad pues se suprimen con carácter general las limitaciones horarias en el desarrollo de actividades y las limitaciones de aforos, ambas medidas impuestas como consecuencia de la gestión de la crisis». 

De esta forma, se añade nueva normativa respecto a este nuevo nivel donde se especifica que «las actividades previstas en esta orden podrán realizarse en instalaciones públicas o privadas debidamente habilitadas sin superar en ningún caso el aforo que tengan autorizado por su normativa de aplicación, y siempre con la mayor distancia interpersonal posible que permita el mantenimiento de las medidas preventivas y de higiene adecuadas para prevenir los riesgos de contagio, especialmente las referidas a evitar la aglomeración de personas y a tener una adecuada ventilación en los espacios cerrados. El horario máximo de estos establecimientos será el determinado en su normativa sectorial o municipal de aplicación».