Comenzando el rábano por las hojas, digamos que la causa fundamental del problema que hoy representa el acceso a la vivienda, es haberse convertido en los últimos años en un bien especulativo.
Qué causas han dado origen a la situación, es una pregunta que exige varias respuestas y diversos motivos, que se han producido por la desatención de los respectivos gobiernos en la protección de derechos constitucionales de los ciudadanos.
Una breve exposición histórica nos obliga a remontarnos a los años 60 del pasado siglo, en plena efervescencia de la dictadura franquista. En la época, el sistema de protección de los derechos de inquilinos se mostraba mucho más firme y seguro que en la actualidad. Expongamos a título de ejemplo que la ley franquista de 24 de diciembre de 1964, regula una protección de los derechos de los arrendatarios de viviendas, a quienes entre otros, les concedía sin posibilidad de renuncia, un contrato inicial de cinco años que podían prorrogarse a voluntad del inquilino durante tres años más.
Asimismo controlaba el precio del alquiler y regulaba las subidas que podían practicar los propietarios; posibilidad de que, a la muerte del arrendatario, pudieran subrogarse en el contrato a familiares y allegados. Tutelaba algunos derechos del inquilino como irrenunciables y todo ello en base a lo que en su exposición de motivos relataba “El movimiento liberador de la propiedad urbana ha de atemperarse, no solo al ritmo determinado por las circunstancias económicas del país, sino también a las exigencias de la justicia social…”
Resulta significativo que tales derechos se justificaran en base, sobre todo, al principio de justicia social, cuando en esos tiempos la única justicia existente era la del mando único. Qué ha sido de la justicia social. Pues sencillamente que nuestra cacareada Constitución ha trasladado el principio de justicia social, al interés general, entendiendo por interés el progreso económico aunque conlleve un muy injusto reparto de la riqueza de la que no participamos todos, sino solo aquellos que controlan el mundo de las finanzas.
Las políticas económicas, so pretexto de buscar el mal llamado bienestar social, ha invertido los valores supeditando los derechos humanos a los interese económicos. Prueba evidente de ello ha sido la modificación, durante el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, del art. 135.2 de la Constitución que supedita tales derechos sociales, tras haberse blindado el pago de intereses de la deuda por encima de las atenciones sociales.
Pero no solo este es el motivo. Ha habido otras razones encubiertas que se han fraguado desde el aspecto financiero. Con el llamado boom económico de los años 80 del pasado siglo, ante el espejismo de la bonanza, las entidades financieras fijaron sus inversiones en el sector hipotecario.
Todo el mudo tenía derecho y podía adquirir una vivienda financiada incluso por encima de su valor real ,que le permitía también la adquisición de bienes de consumo. La inversión les resultaba rentable, con unos intereses que nunca se podrían haber imaginado.
Se firmaban hipotecas con intereses abusivos de entre el 10 y el 15% que incluso llegaban al 25% en los supuestos de morosidad en el pago de las cuotas Era un negocio redondo. La banca siempre ganaba mientras nuestra Ley Hipotecaria les protegía de una forma totalmente injusta: o pagas o vas a la calle, pierdes lo pagado y además nos quedamos la vivienda y te reclamamos el resto pendiente entre el importe de la adjudicación en subasta, y la deuda y si no es suficiente le metemos manos al patrimonio de los avalistas (generalmente de los padres y abuelos).
Con el soporte de la Ley Hipotecaria y la colaboración insensible de nuestro sistema judicial, y la no menos apreciable del colectivo notarial y Registradores de la Propiedad, se cometieron barbaridades permitiendo que las leyes injustas del franquismo, como es citada ley, se antepusieran a la justicia social y la realidad del momento, con una complicidad que permitió en las ejecuciones hipotecarias la intromisión de entidades financieras constituidas en países extranjeros ( los llamados fondos buitres) que tomaban parte en la adjudicación directa de las vivienda subastadas, mientras jueces y letrados de la administración de justicia miraban a otros horizontes.
A través de este procedimiento torticero y con fraude de ley procesal, estas entidades se personaban en los procesos judiciales de ejecuciones hipotecarias sin tener legitimación para ello y con total y absoluta falta de capacidad procesal. Se adjudicaban viviendas por el 70% del valor de su tasación y las sacaban fuera del mercado nacional, violentando así la Ley 1/2003 que recogía la creación de un Fondo social de vivienda propiedad de las entidades financieras para su posterior adjudicación a los perjudicados, bajo un arrendamiento asequible.
Sacadas así del mercado nacional, a través de su adjudicación a una entidad mercantil radicada fuera de España, podrían disponer libremente de su venta o alquiler, como así se está produciendo.
Estos son algunos de los motivos que nos han llevado a la actual situación y hoy nos planteamos la regularización de los alquileres, tras haber renunciado a la posibilidad de readquisición de esas viviendas perdidas por culpa ajena de los perjudicados.
¿Qué está ocurriendo?
Como digo, el sector financiero ha traslado sus inversiones llevándolas de los créditos hipotecarios, que han perdido seguridad tras las sentencias de los tribunales internacionales (entre ellas, la dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 14 de marzo de 2013 que influyó en el criterio de nuestros tribunales), derivando sus inversiones al arrendamiento y la venta del parque inmobiliario de que son titulares.
Al mundo de la banca, se les dio un varapalo, pero no por ello ha aprendido la lección. La cabra tira al monte, y como le es propio, el dinero no tiene cara, ni refleja sufrimientos, es sencillamente un medio de complacencia para quienes carecen de moral y no tienen hartazgo.
Se han hecho nuevamente los dueños del mercado de la vivienda, saltándose impunemente las normas constitucionales. Todo no estaría perdido si un gobierno realmente socialista luchara por la garantía de los derechos humanos sociales, laborales y económicos, pero no quieren enterarse de que nuestra prostituida Constitución les conserva el arma que puede minimizar tamaña injusticia, y ello está, entre otros, en el denostado artículo al que hemos hecho alusión: «Toda la riqueza del país -toda, sin exclusión- en sus distintas formas –(debe entenderse que tenga contenido patrimonial o de derechos económicos)-sea cual fuere su titularidad – que esté en manos de personas físicas, jurídicas, entes sin personalidad, etc.- están sujetos al interés general».
Solo resta determinar el concepto de interés general, y la pregunta sería, si es general, debe entenderse de la mayoría. Pues sometamos a la mayoría, como debió haberse hecho con la reforma del art. 135, y seguro que de forma aplastante diríamos: Que se cumpla la Constitución y se derogue el apartado 2 de su art. 135.que fue modificado con premeditación, nocturnidad y alevosía. y de paso, limpiar de debajo de las alfombras.



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