El Juez de Competición y Disciplina de Tercera Federación ya ha resuelto la sanción que se le ha impuesto al CD Pozoblanco después de los incidentes que obligaron a la paralización del encuentro que midió a los pozoalbenses contra el Coria el pasado domingo. La sanción impuesta es una multa de 200 euros como responsable de incidentes de público de carácter grave con apercibimiento de clausura de las instalaciones deportivas en caso de reincidencia. A esta multa se suma la que se le impuso al club en la decimosexta jornada de liga -partido contra el Chiclana- de 140 euros por incidentes de público calificados de carácter leve. 

La resolución del Juez de Competición y Disciplina está sustentada en el acta arbitral, que recoge «graves insultos hacia el árbitro asistente proferidos por un número considerable de aficionados locales, propiciando la activación del protocolo contra la violencia verbal en su fase 1, con detención temporal del partido para advertencia por megafonía, lo que no ocurrió por falta de ésta, pero acercándose el delegado de campo a la zona para que detuviesen su comportamiento, sin que lograra el más el más mínimo efecto, pues volvieron a dirigirse en los mismos términos al árbitro asistente, a muy escasa distancia y con evidente riesgo hacia su integridad física ya que no existía ninguna valla que pudiera evitar el distanciamiento».

La resolución sigue determinando que tras esta situación se activó la fase 2 del citado protocolo «con retirada de los jugadores a los vestuarios durante diez minutos hasta que pudo reanudarse a la llegada requerida de presencia de agentes de orden público. No obstante lo anterior, a la finalización del partido, de nuevo un grupo de aficionados locales vuelven a proferir insultos similares al colegiado y llegando incluso a golpear la puerta del mismo«. 

A tener de los hechos descritos, se entienden los incidentes como «graves por el gran número de espectadores participantes y su reiteración del comportamiento sancionable tras previa advertencia a la que hacen caso omiso, continuando con sus insultos contra el árbitro, y volviendo a reproducirla además a la finalización del partido; así como por las personas objeto de la infracción (autoridad arbitral) y evidente peligro contra su integridad (dada la proximidad y ausencia de valla separatoria), que produjeron una alteración sustancial del desarrollo del partido (interrupción y posterior suspensión temporal con retirada de jugadores a vestuario hasta la aparición de las fuerzas del orden), de las que se considera responsable al club local, del que no consta la adopción de medidas eficaces de prevención para evitarlas ni posteriores para mitigar su gravedad o identificar a los autores».