El Ayuntamiento de Torrecampo ha habilitado una partida de 16.000 euros que irá destinada a autónomos y pymes de la localidad para intentar paliar las consecuencias derivadas de la crisis económica provocada por el Covid-19. La convocatoria tiene como objeto ayudar a hacer frente a los gastos fijos o estructurales de los autónomas y pequeñas empresas de la localidad durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 y la fecha de publicación de la convocatoria, es decir, enero de 2022. Los interesados en concurrir a estas ayudas lo harán en régimen de concurrencia no competitiva hasta finalizar el crédito disponible. 

Para optar a estas ayudas los empresarios tendrán que tener su domicilio fiscal en Torrecampo, así como desarrollar su actividad empresarial en el municipio. Será necesario, de igual manera, estar dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) o en el caso de ser beneficiario con forma jurídica societaria estar legalmente constituidos e inscritos en los registros correspondientes. Por otro lado, habrá que mantener la actividad al menos durante 6 meses desde la fecha de pago de la ayuda, un requisito que en el caso de incumplirse obligará a la devolución de la misma. 

Respecto al destino de las ayudas, las mismas podrán estar destinadas a sufragar los gastos derivados de la seguridad social referentes al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o mutualidad alternativa; los gastos de personal, de alquiler del inmueble o local comercial donde desarrollen su actividad; los gastos derivados de suministros de electricidad, calefacción, telefonía o conexión a Internet; así como los gastos de asesoría fiscal, laboral y contable u otros como los derivados de cuotas y mantenimiento de sistemas de seguridad o de la instalación de medidas protectoras y equipamiento necesario como respuesta a la crisis de salud pública provocada por el Covid.

Los conceptos subvencionables habrán de haberse realizado en el periodo comprendido entre día 1 de enero de 2021 y la fecha de publicación de la presente convocatoria de ayudas, ambos inclusive. A estos efectos se entenderá como gasto realizado aquel cuya fecha de factura y fecha de pago se encuentre dentro del periodo señalado.