El próximo 16 de febrero en el Juzgado de lo Penal número 2 de Córdoba se celebrará el juicio contra un ciudadano de Pozoblanco, C.M.D., imputado por un presunto delito continuado de apropiación indebida según el artículo 253.1 del Código Penal. Tras la apertura del juicio oral por auto dictado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Pozoblanco, el Ministerio Fiscal y la acusación particular piden una pena para el acusado de veintidós meses de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Además, también se pide una indemnización a la Asociación Acuide en la cantidad de 5.794,40 euros, cifra a la que asciende la tasación judicial de los efectos sustraídos.

En el citado auto judicial, al que ha tenido acceso hoyaldia.com, se detallan los antecedentes del caso relatando que con fecha 23 de diciembre de 2015 el acusado en representación de la asociación Acuide, aunque ya no pertenecía a la misma ni ejercía como voluntario en el comedor social que gestiona dicho colectivo, se personó en las instalaciones de una empresa de la localidad para la recogida de una aportación que ésta donó para su entrega al comedor social a beneficio de las familias usuarias del mismo. Esta acción se repitió el 31 de diciembre de 2015 sin que los productos donados, que fueron recogidos de nuevo por el acusado y sin comunicación expresa a ACUIDE de tal donación, llegaran a su destino final.

Según el documento al que ha tenido acceso este periódico, cuando los responsables de Acuide fueron conocedores de este hecho lo pusieron en conocimiento del Juzgado de Pozoblanco, que incoando las correspondientes diligencias previas y tras la instrucción de las mismas, dictó apertura del juicio oral formulando procesamiento contra este ciudadano pozoalbense por un delito continuado de apropiación indebida.

Este proceso judicial viene a cerrar un capítulo de especulaciones que se han ido vertiendo sobre la gestión y dirección del comedor social que Acuide puso en funcionamiento en octubre de 2013.