Una mujer recibirá tres millones de euros de herencia después de ser declarada por la justicia nieta legítima de un terrateniente de Villanueva de Córdoba, según informa el Bufete Osuna. Los hechos se remontan a los años 30 del siglo XIX, cuando los abuelos de la mujer trabajaban como caseros en una finca de Villanueva, propiedad de una «familia pudiente» donde éstos residían con sus dos hijos, un varón y una hembra.

Los patrones de dicha finca veraneaban todos los años en la misma, en compañía de sus hijos. Así, en el verano del año 1933, «el hijo de los patrones y la hija de los caseros tuvieron una relación sentimental, teniendo 17 años ambos, durante la que mantuvieron relaciones y futuro de ello quedó embarazada».

Después de esto y según se refleja en el fallo judicial, los patrones «apartaron inmediatamente a su hijo de aquella pareja y le obligaron a continuar con sus estudios al tiempo que acordaron con los padres de la joven zanjar el tema y que no se reclamase legalmente, algo que aceptaron éstos dada su pobre cultura y su dependencia económica de los patrones».

Así las cosas, «se firmó un documento en el que los patrones compensaban a los padres de la niña embarazada con la propiedad de una vivienda y una cantidad económica». Posteriormente a la firma de dicho documento, en 1934, nació la niña, que fue inscrita en el Registro Civil como hija natural, «sin hacer constar su filiación paterna, y haciendo constar a los efectos identificativos del artículo 191 del Reglamento del Registro Civil, como nombre del padre, un nombre común, el de Manuel».

Al hilo de ello, el despacho de abogados resalta que «a la niña se le puso el nombre de pila de la abuela paterna, Purificación, en atención a la misma, pues este no era un nombre común». Puesto que «esta circunstancia fue conocida por toda la población» y «para evitar la vergüenza», la niña fue a vivir a Córdoba con unos familiares, donde creció junto a sus abuelos, «sin ir a la escuela», mientras que a su madre «le buscaron trabajo como empleada de servicio doméstico, entonces criada», según apunta el despacho, que agrega que ello se hizo «para evitar la vergüenza, pues allí todo el mundo conocía la situación».

El juez considera en su fallo «que la filiación descrita es un hecho notorio y público, que fue conocido por todos los habitantes del pueblo en que se produjo la relación entre los padres».