El Tribunal Supremo no ha admitido el recurso de casación presentado por la representación de los dos hermanos que agredieron a un veterinario de la Oficina Comarcal Agraria (OCA) Pedroches I ubicada en Pozoblanco, según adelantó ABC Córdoba y ha podido comprobar este periódico accediendo al auto del Tribunal Supremo. En dicho auto se expone que no tiene lugar la admisión del recurso de casación contra la sentencia dictada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior Justicia de Andalucía por lo que se confirma la pena de tres años de prisión a cada uno de los agresores. 

Se pone fin de esta forma a un proceso que se ha dilatado cinco años en el tiempo ya que los hechos enjuiciados se remontan al año 2016 cuando los dos agresores se presentaron en las dependencias de la OCA en busca de la víctima por una notificación previa realizada en relación a la explotación ganadera familiar. En el caso se declara probado que «los acusados accedieron a la planta tercera, donde localizaron al citado funcionario, abordándole de forma sorpresiva por la espalda y propinándole un puñetazo en el oído interno y a continuación ambos acusados siguieron golpeándole de forma violenta, dándole puñetazos y empujones hasta, primero arrinconarle en una barandilla de la escalera, para posteriormente seguirle por las escaleras donde le propinaron una fuerte patada». Una situación a la que hubo que sumar las amenazas verbales ya que los acusados indicaron «estás muerto, te vamos a matar», teniendo que intervenir terceras personas para evitar que las agresiones hubieran tenido mayores consecuencias. 

Las lesiones causadas fueron evidentes y la víctima necesitó algo más de dos meses para su recuperación. Además, se reafirma la coautoría de los hechos y se rechaza el atenuante de arrebato u obcecación ya que se argumenta que «no se trató de una reacción inmediata o impulsiva al conocer la resolución, sino de una decisión mantenida durante el tiempo que transcurrió entre la lectura de la resolución, el trayecto hacia la oficina, la localización de la víctima y la violenta agresión». 

Así las cosas, ambos hermanos tendrán que hacer frente a la pena de prisión de tres años que recae sobre cada uno de ellos, además de las órdenes de alejamiento que tienen sobre el citado funcionario con la prohibición de aproximarse a menos de 300 metros, así como comunicarse con él por cualquier medio, durante el tiempo de la condena. Finalmente, el Tribunal Supremo impone las costas del proceso a la parte recurrente.